Olivia
Segura, socia de Asesoría en Capital Humano y Gestión del Talento de KPMG en
México
Marcela
Calderón, socia de Seguridad Social y Servicios Fiscales en Remuneraciones de
KPMG en México
5/10/2022
Reglas 2022 para el teletrabajo. El encuentro de dos visiones es el estudio más reciente de KPMG en México, firma
multidisciplinaria que provee servicios profesionales de Auditoría, Impuestos,
Legal y Asesoría, en el cual se contrasta la visión de empresas y colaboradores
con respecto a los beneficios que ofrece a ambas partes el esquema de teletrabajo,
adoptado a raíz de covid-19, pero que permanecerá en diferentes medidas con un
porcentaje significativo de compañías en nuestro país.
Como primer dato relevante, el estudio revela que 58%
de las personas que colaboran estarían dispuestas a cambiar de trabajo si su
organización dejara de ofrecer este esquema o si otra compañía les ofreciera mayores
beneficios relacionados con el trabajo a distancia (53%).
Ante cambios inminentes en la forma de trabajo
mediante la adopción del teletrabajo, resulta necesario evaluar si las empresas
se han apegado a las disposiciones incluidas recientemente en la Ley Federal
del Trabajo, así como el nivel de preparación para adoptar las medidas propuestas
en el proyecto de NOM-37-STPS-2022 – “Teletrabajo-condiciones de seguridad y
salud en el trabajo.”
Resulta relevante, que uno de los requisitos
propuestos para evitar riesgos psicosociales consiste en contar con mecanismos
para la atención de casos de violencia familiar, sin embargo, los resultados
del estudio reflejaron que 70% de las empresas carecen de un mecanismo
de atención específico para casos de violencia familiar para personas que
trabajan en una instalación distinta a la del centro de trabajo, como se
propone en el proyecto de NOM-037 para regular el teletrabajo en materia de
seguridad y salud.
En el mismo sentido, las organizaciones deben
garantizar el derecho a la desconexión, ya que la legislación laboral protege a
los teletrabajadores en este aspecto; sin embargo, solo 78% afirma que
ha permitido ejercerlo, mientras que únicamente 56% de los trabajadores aseguran
que han podido ponerlo en práctica, marcando una clara discrepancia entre la
percepción de ambos segmentos.
Llama la atención que, pese a lo anterior, 85%
de las personas que colaboran aseguran que su calidad de vida ha mejorado con
la adopción del teletrabajo, al considerar los siguientes aspectos:
+ Evitar traslados (88%)
+ Pasar más tiempo con la familia (71%)
+ Disminución de gastos (68%)
+ Mayor flexibilidad de horarios (59%)
Paradigmas que se derrumban
96% de quienes colaboran en esquemas de teletrabajo afirman
que su productividad se ha mantenido o incluso mejorado y solo 4% piensa
que ha disminuido. Por su parte poco menos de la mitad de las organizaciones (44%)
considera que la productividad ha mejorado, 47% que se ha mantenido y 9%
que ha disminuido.
Al respecto, se reconocen una serie de ventajas que
este esquema trae consigo: autogestión, flexibilidad de jornada laboral,
traslados innecesarios al centro de trabajo, ahorro de dinero, tiempo, esfuerzo
y reducción del impacto negativo al medio ambiente.
Como consecuencia, encontramos que 64% de las compañías
planean mantener el teletrabajo de manera permanente y solo 12% volverá
al trabajo presencial en su totalidad.
“Es posible asegurar que el teletrabajo, lejos de ser
la excepción, se ha convertido en la regla, no solo para la mayoría de las
compañías, sino también para lo que actualmente buscan las personas que
colaboran, ya que, sin duda, permite la cercanía con talento diverso que
anteriormente parecía inaccesible; sin embargo, es crucial que ambas partes
reconozcan las reglas e implicaciones relacionadas para aprovechar todas las
bondades de este esquema de trabajo”.
Normas claras
Respecto a los mecanismos de control establecidos en
la reciente reforma a la Ley Federal del Trabajo, se identificó que 78%
de las corporaciones en México sí cuentan con mecanismos de identificación del
personal bajo la modalidad de teletrabajo, independientemente de las
formalidades legales que se desplieguen en su momento en la Norma Oficial
Mexicana 037 (NOM-037), que actualmente está en proceso de evaluación.
No obstante, si bien las empresas cuentan con
mecanismos de control de los empleados bajo esta modalidad, se identificó que
no existe claridad en las implicaciones del teletrabajo en caso de que los
empleados desempeñen sus actividades en un domicilio localizado en otra entidad
federativa o, inclusive, el país. Ello resulta trascendente por las
implicaciones laborales, fiscales y de seguridad social.
En este sentido, se observa que 45% de las
organizaciones afirman estar al tanto del personal que trabaja en otra entidad
federativa y 17% lo está respecto a aquellas personas que laboran desde
otro país, y una minoría (6%) desconoce si su personal se encuentra
teletrabajando desde otras entidades federativas o fuera del país.
Aplicación de las regulaciones
La legislación laboral establece que las
organizaciones deben contar con una política y proceso documentado que defina
lineamientos y establezca cómo será implementado el teletrabajo. Positivamente,
se observa que 61% cumple con dicho requisito, mientras que 16% afirma
que se encuentra en proceso de desarrollarlo. Por su parte, la mitad de la
muestra de teletrabajadores (53%) señala que conocen o han sido informados
sobre alguna política relacionada con el trabajo a distancia.
De igual forma, se considera de vital importancia que
las organizaciones informen a sus colaboradores sobre los riesgos asociados al
esquema de teletrabajo. En la encuesta se pone de manifiesto que existe un área
de oportunidad relevante, ya que 53% no ha informado a su plantilla
sobre este tema, y solo 17% afirma estar en proceso de hacerlo.
Adicionalmente, se exige a las empresas que provean a
sus empleados de las herramientas necesarias para teletrabajar, entre las
cuales destacan equipos de cómputo con acceso a redes, software y
aplicaciones informáticas, y sillas ergonómicas. Así, observamos que 77%
lo ha hecho, mientras que 74% de los trabajadores confirman que las han recibido.
“El teletrabajo modifica sustancialmente la forma de
colaboración y comunicación entre las organizaciones y empleados, por lo que
establecer reglas claras que otorguen certidumbre sobre las condiciones de
trabajo, horarios, lugar de trabajo, capacitación, colaboración y evite
cualquier riesgo físico, ergonómico o psicosocial que afecte el desempeño de
los individuos e incida en la productividad de las organizaciones es esencial”.
Educar para prevenir
Es indispensable que las organizaciones velen por la
seguridad informática de sus activos, así como por conservar en buen estado los
equipos, materiales, útiles y mobiliario proporcionado a los empleados. En este
sentido, 56% de las compañías encuestadas han establecido y documentado
lineamientos para dar mantenimiento a los equipos de cómputo de las personas teletrabajadoras,
y, positivamente, 80% de los empleados dicen conocer dichos lineamientos.
No obstante, respecto a las condiciones laborales, destaca
que solo 31% de las empresas afirman haber brindado capacitaciones sobre
seguridad, salud y riesgos relacionados con el trabajo a distancia y 42%
del personal afirma haber recibido esta capacitación.
Asimismo, tanto las personas teletrabajadoras (85%)
como las corporaciones (95%) señalan que el medio de validación más
adecuado para vigilar que dichas condiciones sean las adecuadas sería contar
con una lista de verificación para que el propio talento las evalúe,
descartando así la visita al lugar donde realizan sus actividades.
Bienestar del teletrabajador
Solamente 33% de las organizaciones encuestadas
cuentan con un mecanismo que dé seguimiento a los avisos de accidente de
trabajo, y 24% con mecanismos de atención a violencia familiar, pero
únicamente 15% los teletrabajadores han informado a su empresa sobre
alguna alteración de las condiciones de seguridad y salud, violencia familiar o
causa de fuerza mayor que impida el desarrollo a distancia de sus actividades.
Aunado a lo anterior, también resulta positivo que 74%
de las compañías expresan que estarían preparadas para regresar al trabajo
presencial si el personal les informara de alguna alteración en las condiciones
de seguridad, salud o violencia familiar que justificara el regreso a las
instalaciones. Específicamente, 62% podría reinstalar a todo el personal
si fuera necesario.
Por otro lado, de aprobarse la NOM-037 el talento
también debe cumplir con ciertas obligaciones dispuestas en la norma, tales como
informar a sus empleadores si cambian el domicilio desde donde realizan el
teletrabajo, así como si este espacio es adecuado para desempeñar sus labores.
Así, 17% de los empleados que han cambiado de domicilio lo han
comunicado a la organización, mientras que 5% se ha reubicado, pero no
lo ha informado a su empresa y 78% ha permanecido en el mismo domicilio;
82% afirma que su espacio de trabajo cuenta con iluminación y
ventilación adecuadas.
Garantizar el derecho a la
desconexión
A partir de la introducción de las reglas de
teletrabajo que exigen el respeto al derecho a la desconexión digital, se
analizó el tipo de medidas que las organizaciones debieran adoptar para
garantizar apropiadamente el derecho a la desconexión, por orden de
importancia, se consideraron las siguientes: i) cambio cultural respecto a los
horarios laborales, ii) mejorar las habilidades individuales para la gestión del
tiempo, iii) cambio en el estilo de liderazgo, iv) adquirir nuevas habilidades
en el uso de la nuevas tecnologías de la información y v) adaptación al nuevo
modelo para el desempeño de funciones propias de la posición
En este sentido, la encuesta planteó la percepción de
las medidas que deben implementarse, tanto por las organizaciones como por los
colaboradores a fin de garantizar el derecho a la desconexión digital.
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Colaboradores
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Organizaciones
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Cambio cultural en torno al
respeto de los horarios
|
74%
|
78%
|
Mejora de habilidades de
gestión del tiempo
|
43%
|
50%
|
Transformación del estilo de
liderazgo
|
38%
|
52%
|
Fortalecimiento de nuevas
habilidades en torno al uso de tecnologías
|
24%
|
28%
|
Disrupción que reúne talento
Buscando que la experiencia del teletrabajo se asemeje
al trabajo presencial, se han creado herramientas como el metaverso, tecnología
muy reciente y poco probada que solo ha sido adoptada por 18% de las compañías,
en contraste con 70% del talento que estaría abierto a ponerlo a prueba,
pese a que solo 6% de las empresas están planeando su implementación.
Por otra parte, casi la mitad de la muestra de
empresas (49%) y más de la mitad de los teletrabajadores (67%)
consideran que el trabajo a distancia ha permitido incorporar segmentos de
talento distintos a los que anteriormente se contrataban, destacando para las
organizaciones la generación Z (75%) y las madres de familia que buscan
reincorporarse a la vida laboral (50%), mientras que para los
colaboradores han sido, coincidentemente, las madres de familia (64%) y,
algo sumamente alentador, personas con algún tipo de discapacidad (57%).
Acerca del estudio
En agosto 2022 se encuestó a más de 200 colaboradores
y alrededor de 70 organizaciones con el principal objetivo de contrastar sus
visiones, sintetizándolas para aportar perspectivas de valor sobre la adopción
de normativa aplicable para llevar a cabo el trabajo a distancia de manera más
eficiente para ambas partes.
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