Inicio | Quiénes somos | Mapa del sitio | Recomienda el sitio | Contacto
 
 
Tu página de Inicio
Núm. de Edición: 0

 
Puebla, Pue., México
 
 
 
 
 
   
  1 de Mayo   
   
 
Búsqueda general:
 
 
 
 
 
Ver más Columnas » Imprimir Columna

Aspectos a considerar en la declaración anual 2023

Federico Solórzano, Impuestos Corporativos en Tijuana y Mexicali de KPMG México



17/11/2023

A unos meses de cerrar el ejercicio fiscal 2023, es de suma importancia que las organizaciones comiencen a revisar y realizar estimaciones del impuesto sobre la renta (ISR), así como de la participación de los trabajadores en las utilidades (PTU), considerando las posibles deducciones y estímulos fiscales que se pudieran reportar.

A saber, las declaraciones anuales contienen ciertos rubros precargados, como los ingresos, sueldos y algunos otros conceptos importantes que deben analizarse a detalle para evitar diferencias, ya que algunos montos pueden provenir de datos de pagos provisionales o de los comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI) que se reciben y emiten durante el año.

Deducción inmediata

El pasado 11 de octubre de 2023 se publicó un decreto en el Diario Oficial de la Federación (DOF) por el cual se otorgan estímulos fiscales a sectores clave de la industria de la exportación,  además, se señala la posibilidad de que ciertas empresas dedicadas a la producción, fabricación y elaboración de bienes puedan aplicar una deducción inmediata con porcentajes establecidos en lugar de una depreciación normal, así como una deducción adicional de 25% de gastos en capacitación, relacionados con los conocimientos técnicos vinculados con las actividades del contribuyente. Cabe destacar que estos estímulos son adicionales a los que ya están en curso, por lo que es necesario evaluar su aplicación y posible implementación.

A continuación, compartimos cinco rubros clave que deben considerarse durante la revisión de deducciones del ejercicio 2023:

1.            Servicios especializados

Es importante asegurar que las compañías que prestan estos servicios presenten los siguientes documentos o comprobantes:

             Permiso que se refiere al artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo (LFT)

             CFDI de los salarios de las personas involucradas en el servicio

             Pago a la institución bancaria de las retenciones del ISR

             Pagos correspondientes al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit)

2.            Pagos al extranjero

Desde el ejercicio 2020 se implementaron cambios para la deducción de pagos al extranjero, particularmente de partes relacionadas como las entidades con ingresos en regímenes fiscales preferentes (refipres), los cuales son aplicables a todo tipo de pagos y no solo para activos intangibles, incluyendo intereses, regalías, shared services, compra de productos, entre otros.

En este sentido, resultará vital que estos gastos se analicen individualmente, pues a pesar de contar con un estudio de precios de transferencia (PT) este ya no es considerado una excepción para cumplir con los nuevos requerimientos.

3.            Intereses

La organización debe asegurar que no se presenten limitaciones en la deducción de intereses superiores a 30% de una utilidad ajustada, como podrían ser los temas de capitalización delgada (deuda con partes relacionadas, superior a tres veces el capital contable de la empresa o algún otro elemento que pudiera afectar la deducibilidad del interés e incluso las pérdidas cambiarias).

4.            Complemento carta porte

La obligación de algunos contribuyentes dedicados al transporte de emitir el CFDI de ingreso o traslado con su complemento carta porte es vigente desde 2022, por lo que deberán cerciorarse de recibir y emitir los comprobantes correspondientes para cuidar la deducibilidad de sus gastos, tomando en cuenta las modificaciones que se están realizando actualmente a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF).

5.            Sueldos

Derivado del timbrado de CFDI, la autoridad tiene la información de los sueldos y todos sus conceptos desde los pagos provisionales, mismos que son precargados en la declaración anual, por lo que será fundamental verificar que las nóminas pagadas y timbradas coincidan con lo reflejado en el Servicio de Administración Tributaria (SAT); de lo contrario, se deberán llevar a cabo las aclaraciones o correcciones necesarias antes de cerrar el ejercicio.

Si bien no existe una iniciativa de reforma para el ejercicio fiscal de 2024, será importante revisar las disposiciones vigentes para tener un cierre 2023 eficiente, ya que, aunque la mayoría de la información se encuentra precargada en las declaraciones, incluyendo los CFDI, no dejan de ser importantes las revisiones preventivas para mantener a los contribuyentes en cumplimiento óptimo de sus obligaciones fiscales, evitar sanciones y acceder a beneficios.

asesoria@kpmg.com.mx

www.delineandoestrategias.com

Ver más Columnas » Imprimir Columna


 
 
contacto@balance-financiero.com
Inicio | Quiénes somos | Mapa del sitio | Recomienda el sitio | Contacto
Notas del día | Colaboraciones académicos | Industria | Tecnología | Economía | Comercio | Columnas | Empresas | Directorio | Ligas de Interés
http://agilsoluciones.com