Inicio | Quiénes somos | Mapa del sitio | Recomienda el sitio | Contacto
 
 
Tu página de Inicio
Núm. de Edición: 0

 
Puebla, Pue., México
 
 
 
 
 
   
  19 de Mayo   
   
 
Búsqueda general:
 
 
 
 
 
Ver más Artículos » Imprimir Artículo
29/11/2022

SAT prorroga hasta el 31 de marzo la entrada en vigor del CFDI 4.0



Redacción


El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI o factura) 4.0 entrará en vigor después del 31 de marzo del 2023.

El SAT explicó que la decisión fue con la finalidad de que las personas físicas y morales, puedan contar con el nombre, razón o denominación social, el código postal del domicilio fiscal y el uso del comprobante que exigen las disposiciones fiscales para la emisión de los CFDI en su versión 4.0.

Los CFDI versión 3.3 y 4.0 se encuentran en un periodo de convivencia que iba a concluir el 31 de diciembre del 2022, no obstante ahora convivirán por tres meses más por lo antes mencionado.

Cabe recordar que a inicio de noviembre, el fisco federal anunció una prórroga hasta el último día de marzo del 2023 para el CFDI 4.0. Sin embargo, sólo estaba dirigida para la factura con complemento de Nómina. La prórroga que el SAT concedió a la factura 4.0 con complemento de Nómina también será válida hasta el 31 de marzo del 2023.

En el Informe Tributario y de Gestión del Tercer Trimestre, elaborado por el SAT, no se informó cuántos CFDI versión 3.3 y 4.0 se han emitido. El último dato, del primer trimestre, refiere que 99.72% de las facturas emitidas corresponden a la versión 3.3 y el restante a la nueva versión 4.0.

Paralelamente, el SAT confirmó que el CFDI de ingreso y traslado con complemento Carta Porte seguirá en un proceso de no sanciones por su incorrecta emisión hasta el 31 de julio del 2023.

“En aras de facilitar la emisión del CFDI al que se le incorpora el complemento Carta Porte, se prorrogará hasta el 31 de julio de 2023 la aplicación de las sanciones derivadas de los requisitos en el llenado del referido complemento. Esta extensión se brindará, igualmente, a la exigibilidad a partir del 1 de agosto de 2023 de la transmisión del folio fiscal del CFDI al que se le incorpora dicho complemento en materia de Comercio Exterior”, detalló el SAT.

Lo anterior fue consecuencia de que el Servicio de Administración Tributaria ha realizado varias mesas de trabajo con las distintas cámaras y asociaciones relacionadas con la industria del transporte con la finalidad de analizar sus necesidades específicas.

La ampliación del plazo de no sanciones se suma a la lista de seis prórrogas que se han decretado 

Ver más Artículos » Imprimir Artículo


 
 
contacto@balance-financiero.com
Inicio | Quiénes somos | Mapa del sitio | Recomienda el sitio | Contacto
Notas del día | Colaboraciones académicos | Industria | Tecnología | Economía | Comercio | Columnas | Empresas | Directorio | Ligas de Interés
http://agilsoluciones.com