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10/08/2023

Patrones deben presentar dictamen al IMSS o serán embargadas



Redacción


Las empresas tienen como plazo el 30 de septiembre para presentar su dictamen, validado por un contador certificado, de que realizó el pago de las cuotas obrero-patronales en el año fiscal de 2022, de lo contrario serán embargadas por el IMSS:

De acuerdo con Gerardo Gámez Pacheco, director de Gámez & Castañeda, señaló que todas las empresas con más de 300 empleados deben presentar este dictamen, conforme lo establece el artículo 17 del reglamento de la Ley del Seguro Social, y debe ser elaborado por contadores públicos autorizados, de esta forma los patrones “evitan los visiten revisores de la autoridad (IMSS) y les pidan información de dicho periodo, por lo que se genera con ello lo que se conoce como revisión secuencial”.

Aunque, el IMSS al momento de revisar tales dictámenes puede determinar si existen diferencias de cuotas obrero-patronales en el ejercicio en cuestión, entonces haría una revisión de todos los documentos y hasta del patrón.

Esta figura legal –vigente desde 2003- permite al patrón o empleador informar año con año al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), que ha cumplido con las obligaciones que la LSS le impone como patrón, y el instituto acepta (salvo prueba en contrario) que lo afirmado en el dictamen por el contador público es correcto y válido.

Si las empresas con cumplen con esta disposición, antes del 30 de septiembre, serán objeto de embargos y multas por parte del Seguro Social.

Para realizar este trámite, el patrón debe presentar el aviso de dictamen, que regularmente vence el 30 de abril, y la presentación del dictamen se realiza antes del 30 de septiembre del año siguiente a que se traten las cifras, y puede hacerlo vía internet en el portal del IMSS, Gámez Pacheco, de la firma jurídica y auditoría Gámez & Castañeda.

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