La
Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), la Comisión Nacional Bancaria
y de Valores (CNBV) y el Banco de México (Banxico) publicaron en el Diario
Oficial de la Federación (DOF) la primera parte de las regulaciones secundarias
para las instituciones de tecnología financiera, conocidas como fintech, cuya
ley entró en vigor este día.
En
cuatro documentos contenidos en el DOF, las instituciones encargadas de regular
al sector describen los lineamientos generales para la operación de estas
empresas, generalmente startups de
reciente creación.
Se describe
el capital mínimo de operación, la cantidad de dinero que podrán recibir de sus
clientes, así como los montos máximos de operación.
Por su
parte, el Banco de México, en la circular 18/2018, describe las normas mínimas
de operación de los exchanges de criptomonedas, los cuales deberán obtener su
registro como plataformas de pagos electrónicos que utilicen monedas virtuales.
En
febrero próximo será cuando Banxico publique cuáles activos virtuales -bitcoin, ethereum, litecoin, etc.-
podrán ser utilizados en México.
Las
regulaciones publicadas este lunes son sólo la primera parte de las
disposiciones secundarias. Otras más deberán de publicarse en los próximos
seis, 12 y 18 meses. En éstas últimas se abordarán normas más específicas, como
lo correspondiente a open banking y a
las interfaces de programación -conocidas como API y que permitirán el
intercambio de datos de los clientes-.
|