Ante la prolongación de la emergencia sanitaria ocasionada por el Covid-19, el Instituto Nacional Electoral (INE) facilitará la identificación facial de las personas para empresas o dependencias que operan ahora vía remota (no presencial), además entregará constancias a ciudadanos que hayan extraviado su credencial para votar.
El consejero Jaime Rivera, presidente de la Comisión del Registro Federal de Electores, indicó que se “harán adecuaciones” al Servicio de Verificación de Identidad para que se pueda hacer la comparación facial de las personas por instituciones o empresas prestadoras de bienes y servicios que también operan ahora vía remota, y es obvio que requieren comprobar que no existe robo de identidad o usurpación para realizar trámites o compras vía remota o digital.
Dependerá de las propias instituciones y empresas contar con el equipo o mecanismo para recabar las fotografías de los ciudadanos, y tener el consentimiento libre e informado de las personas sobre el tratamiento de los datos personales, si no hay el consentimiento de los ciudadanos el INE no proporcionará el servicio de verificación de identidad.
Actualmente la verificación de las credenciales para votar y del usuario se hace mediante la comparación de los datos de CIC, OCR, número de emisión, clave de elector, nombre(s), apellidos, año de registro, CURP y huellas dactilares del portador de la credencial, pero ante la emergencia sanitaria que obliga al confinamiento o sana distancia, se requiere la verificación facial.
Amplía vigencia de la credencial de elector
El INE también avaló que las credenciales para votar que perdieron vigencia el 1 de enero de 2020 y no han sido renovadas, seguirán vigentes hasta el 1 de septiembre de 2020, con motivo de la declaratoria de emergencia sanitaria por la pandemia del Coronavirus, Covid-19.
Debido a que desde el 23 de marzo están cerrados los Módulos de Atención Ciudadana del INE, más de 1.1 millón de ciudadanos no ha podido renovar su credencial para votar y por consiguiente no pueden identificarse o realizar algún trámite.
Así que se extiende su vigencia hasta el próximo 1 de septiembre de este año, por lo que instituciones y empresas públicas y privadas pueden aceptar dichas credenciales para identificación de las personas.
Constancias digitales
Las personas
que extraviaron su credencial para votar ahora podrán obtener una “constancia
digital”, entre el 25 de mayo y hasta el 1 de septiembre de 2020.
Además, las
instituciones públicas y privadas deberán adaptar sus equipos para tener las herramientas
tecnológicas que les permitan leer los códigos QR que tendrán las constancias,
de esta forma las personas podrán tener un documento de identificación oficial.
La
Constancia Digital contará con una vigencia de tres meses a partir de su
emisión, mientras que la fecha de su expiración se incorporará en el propio
texto de la constancia.
El diseño
de la Constancia Digital contempla la generación de un documento en formato PDF
(Portable Document Format, por sus siglas en inglés), con los siguientes datos:
nombre(s), apellido paterno, apellido materno; clave de elector; número de
emisión; dato OCR (Reconocimiento óptico de Caracteres); Código de
Identificación de Credencial (CIC); año de registro; fecha de emisión, mes y
año de fin de vigencia de la Constancia Digital.
El trámite
se hará a través del a página del INE
https://sistemas-transparencia.ine.mx/sistemaot/obligaciones/rsc/documentos/Articulo70/Formato20/DERFE/2018/tml2/formato_solicitud_arco.pdf/
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